SANTO DOMINGO, RD.- El
Ministerio de Trabajo informó a empleadores, trabajadores y a la población
empresarial en sentido general, las fechas en que serán celebrados los días
feriados durante el año 2017, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual
establece la aplicación de los días feriados.
El domingo 1 de enero,
celebración del Año Nuevo, no se cambia; el viernes 6 del mismo mes, Día de los
Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 9 de enero.
El sábado 21 de enero,
Día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia; el jueves 26, fecha que
se conmemora el Natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el
lunes 30; el lunes 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional, es
inamovible.
El Viernes Santo, 14 de
abril, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, no se
cambia. El Día del Trabajo, lunes 1ro de mayo, no se cambia; la festividad
religiosa Corpus Cristi, que se celebrará el jueves 15 de junio, no se cambia;
además son inamovibles el Día de la Restauración, el miércoles 16 de agosto; el
domingo 24 de septiembre, Día de Las Mercedes, y el Día de la Constitución, que
se celebra el lunes 6 de noviembre.
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