viernes, 29 de noviembre de 2013

LA EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (2)

                               
 Ing. Mario César Liburd Brito, MSc

En la República Dominicana, la Ley 64-00 establece:

·    La EIA es el instrumento de política y gestión ambiental formado por el conjunto de procedimientos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto pueden causar al medio ambiente”.

Hoy en día, los organismos financieros internacionales, antes de la concesión de préstamos para proyectos de desarrollo, evalúan los posibles efectos sobre el ambiente, y requieren la realización previa de EIA. Asimismo, en el país, el Ministerio de Ambiente, también lo solicita para decidir sobre el otorgamiento de licencias o aprobación de la instalación o ampliación de proyectos de producción de bienes y/o  prestación de servicios. A causa de la situación planteada, motivada por la incorporación del factor ambiental en la metodología de evaluación, y el hecho de que cada país tenía su propio EIA, se desarrolló un procedimiento estándar para la realización de EIA efectivas que permitan tomar decisiones  sobre la viabilidad de las propuestas de proyectos.

Una EIA efectiva es objetiva, sistemática y oportuna,  cuando es imparcial y es el resultado de la planificación para  proporcionar a tiempo la información requerida para la toma de decisiones.  En su realización, los elementos principales son el procedimiento, que es  la secuencia que debe seguirse para la realización del estudio; éste debe realizarse en función del área de influencia implicada; el sistema técnico seleccionado,  y los estudios técnicos que permiten evaluar los impactos ambientales que producirían las acciones del proyecto. En cuanto a los estudios técnicos, existe una  guía elaborada por la CEPIS-OPS para países en desarrollo.

La EIA es un estudio multidisciplinario que involucra investigaciones ecológicas, sociológicas, económicas y físicas orientadas a la toma de decisiones. En nuestro medio,  de manera frecuente, las recomendaciones están afectadas de limitaciones de tiempo y espacio debido a la escasez de información básica sobre la población y los ambientes afectados. Y sobre todo, por razones políticas, sociales y económicas. Estos y otros factores, tales como la urgencia de respuestas por parte de los sectores interesados, motivan que las recomendaciones con las que deben concluir estén afectadas  de un margen muy significativo de incertidumbre.

Un ejemplo de esto es la aprobación para la instalación de una fábrica de cemento en  el Distrito Municipal de Gonzalo, provincia de Monte Plata. En el año 2009,  el ministerio de ambiente aprobó el proyecto y otorgó a la empresa Consorcio Minero la Licencia Ambiental DEA No. 0157-09, con la cual se le autorizaba a iniciar la construcción de las instalaciones.  

Sin embargo, las protestas por parte de los grupos ecologistas que se oponían a la construcción y funcionamiento de la cementera, porque consideraban que éste afectaría la zona de los Haitises,  encontró apoyo en la población de prácticamente todo el país. Ante la creciente presión popular, el gobierno solicitó  al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en la República Dominicana, realizar una revisión del proceso técnico y legal de otorgamiento de la Licencia Ambiental; y determinar la “viabilidad y pertinencia”  de realización del proyecto en la zona.

Veamos un fragmento del informe presentado por los expertos internacionales:

Considerando el análisis de los factores físicos, biológicos y culturales de la región; las afectaciones al medio ambiente; el alto grado de incertidumbre del impacto del proyecto sobre la estabilidad geológica de la región, sobre el paisaje y fundamentalmente sobre los acuíferos, superficiales y subterráneos, de la zona kárstica de los Haitises; y teniendo en cuenta el principio de precaución que establece que, frente a la incertidumbre, no se pueden asumir riesgos porque los daños podrían ser irreversibles, se concluye que el proyecto no es viable en el lugar propuesto”.
Entre otras limitaciones, los técnicos de la misión internacional observaron “la falta de consideración del impacto sobre la salud, la baja calidad en la cartografía, y la falta de rigor metodológico en la evaluación de los impactos ambientales del estudio sobre el impacto ambiental”. Estas recomendaciones fueron acogidas por el gobierno, y la licencia fue revocada por el Ministerio de Ambiente. 

De lo cual se deduce que la aplicación de un inadecuado sistema de procedimientos  y sistema técnico, así como el  uso de informaciones incompletas por parte de la firma que realizó el estudio, tuvo como consecuencia un inaceptable nivel de incertidumbre que ocasionó la invalidación de las recomendaciones.

Ante esta situación, la empresa  se vio en la necesidad de cambiar la ubicación del proyecto, y éste, finalmente, se implementó en la Villa Gautier, del municipio San José de los Llanos, provincia San Pedro de Macorís. Por cierto, en la ocasión,  tuvimos la oportunidad de estar presentes en la primera de las vistas públicas celebradas para presentar el proyecto a la comunidad.

El Ministerio de Ambiente ha establecido el procedimiento para la realización de las EIA  y los requisitos que deben cumplir las empresas o personas que se dedican a esta actividad. No obstante y de manera frecuente, circunstancias de carácter político o económico influyen  en la calidad de los estudios y  sus recomendaciones. 

 Los casos de Loma Miranda, Barrick Gold, por citar algunos de los más recientes, evidencian la vulnerabilidad de estos estudios cuando de por medio están grandes intereses nacionales o extranjeros. En este sentido, se realizó un EIA a propósito de la instalación de las instalaciones de PANAM en el puerto de San Pedro de Macorís?  ¿qué resultados arrojaron? 

El autor es Ingeniero Civil y Consultor ambiental
MSc. en Química Ambiental,
Mtr. en Gestión Integrada: Medio Ambiente, Ca

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