jueves, 16 de febrero de 2012

GRUPO BARCELO.

DICE CONDENA CONTRA SUS EJECUTIVOS NO TIENE SUSTENTO LEGAL.
PUNTA CANA., LA ALTAGRACIA- El consejo de abogados del Grupo Barceló afirmó que la  condena a cinco años de prisión  dictada por un tribunal de Higüey contra los ejecutivos de su complejo turístico en Punta Cana se basó  en un procedimiento que no estuvo sustentado legalmente con el  aparente propósito  de presionar a la empresa para que acepte  un acuerdo oneroso en torno a  una litis de carácter civil y comercial.

En una reacción al fallo judicial, el Grupo Barceló, propietario de la primera  cadena de hoteles de capital español establecido en la zona de, Punta Cana, ha solicitado públicamente  al presidente de la República y al presidente de la Suprema Corte de Justicia seguridad jurídica para sus inversiones.

El equipo legal de la corporación turística explica  que el tribunal colegiado encabezado por el juez interino Vicente Marte Jiménez, e integrado por  los magistrados Arístides Dalmiro Heredia Sena y Cindy Rosario Santana,  convirtió un simple caso de embargo ejecutado de acuerdo a la ley, en una querella de robo agravado y asociación de malhechores contra los ejecutivos de Barceló.

De acuerdo al equipo legal de Barceló la compañía Constructora López Carias, S.A., representada por el señor Pedro Sepúlveda,  fue promotora de la acción penal bajo la falsa premisa de que las mercancías  y demás bienes resguardados en los locales alquilados en el Complejo, les fueron sustraídos mediante la acción de embargo,

Expone que la Constructora López Carias mantenía la ocupación de los unos locales dentro del Complejo Barceló al amparo de un contrato de arrendamiento que  tras llegar a su  fecha de vencimiento la hotelera ejerció su derecho legítimo de requerir su desocupación, tal como fue convenido en el contrato.

Señala que ante la resistencia de la Constructora a entregar los locales y pagar una deuda acumulada, el Grupo Barceló procedió a practicar los embargos conservatorios sobre los bienes muebles de su inquilino para asegurar el cobro correspondiente.

Los ajuares, de acuerdo al Consejo legal de Barceló, fueron puestos a disposición de la Constructora, pero esta  se negó recoger los bienes  e inició procesos penales temerarios por alegado robo agravado y asociación de malhechores.

El proceso de  embargo dio  lugar a una querella por robo a partir de la cual se dictaron “medidas de coerción consistentes en prisión provisional e impedimentos de salida, y concluyó posteriormente con una sentencia por supuesto robo agravado”.

La  sentencia fue dictada el 23 de noviembre del 2011, en la misma fecha en que el embajador del Reino Unido, Steven Fisher,  se hizo eco de la queja de inversionistas extranjeros por la falta de seguridad jurídica.

La sentencia fue apelada en la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís cuyos jueces son Marcelina Hernández Japa (Presidente), José Glass Gutiérrez, Zamira Madrigal Santana, Virginia González Brea, Ramon Báez Rodríguez. .

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