PUNTA CANA., LA ALTAGRACIA- El consejo de
abogados del Grupo Barceló afirmó que la
condena a cinco años de prisión
dictada por un tribunal de Higüey contra los ejecutivos de su complejo
turístico en Punta Cana se basó en un
procedimiento que no estuvo sustentado legalmente con el aparente propósito de presionar a la empresa para que
acepte un acuerdo oneroso en torno
a una litis de carácter civil y
comercial.
En una reacción al fallo judicial, el Grupo
Barceló, propietario de la primera
cadena de hoteles de capital español establecido en la zona de, Punta
Cana, ha solicitado públicamente al
presidente de la República y al presidente de la Suprema Corte de Justicia
seguridad jurídica para sus inversiones.
El equipo legal de la corporación turística
explica que el tribunal colegiado
encabezado por el juez interino Vicente Marte Jiménez, e integrado por los magistrados Arístides Dalmiro Heredia
Sena y Cindy Rosario Santana, convirtió
un simple caso de embargo ejecutado de acuerdo a la ley, en una querella de
robo agravado y asociación de malhechores contra los ejecutivos de Barceló.
De acuerdo al equipo legal de Barceló la compañía
Constructora López Carias, S.A., representada por el señor Pedro
Sepúlveda, fue promotora de la acción
penal bajo la falsa premisa de que las mercancías y demás bienes resguardados en los locales
alquilados en el Complejo, les fueron sustraídos mediante la acción de embargo,
Expone que la Constructora López Carias mantenía
la ocupación de los unos locales dentro del Complejo Barceló al amparo de un
contrato de arrendamiento que tras
llegar a su fecha de vencimiento la
hotelera ejerció su derecho legítimo de requerir su desocupación, tal como fue
convenido en el contrato.
Señala que ante la resistencia de la Constructora
a entregar los locales y pagar una deuda acumulada, el Grupo Barceló procedió a
practicar los embargos conservatorios sobre los bienes muebles de su inquilino
para asegurar el cobro correspondiente.
Los ajuares, de acuerdo al Consejo legal de
Barceló, fueron puestos a disposición de la Constructora, pero esta se negó recoger los bienes e inició procesos penales temerarios por
alegado robo agravado y asociación de malhechores.
El proceso de
embargo dio lugar a una querella
por robo a partir de la cual se dictaron “medidas de coerción consistentes en
prisión provisional e impedimentos de salida, y concluyó posteriormente con una
sentencia por supuesto robo agravado”.
La
sentencia fue dictada el 23 de noviembre del 2011, en la misma fecha en
que el embajador del Reino Unido, Steven Fisher, se hizo eco de la queja de inversionistas
extranjeros por la falta de seguridad jurídica.
La sentencia fue apelada en la Corte de Apelación
de San Pedro de Macorís cuyos jueces son Marcelina Hernández Japa (Presidente),
José Glass Gutiérrez, Zamira Madrigal Santana, Virginia González Brea, Ramon
Báez Rodríguez. .
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