El secretario de Trabajo, Max Puig, advirtió ayer que una vez sea definitiva la resolución mediante la cual se estableció el aumento de un 15% a los salarios mínimos, las empresas estarán obligadas a pagar el aumento y el retroactivo al mes de junio.
No obstante, precisó que cuando se publica la resolución hay 15 días de plazo para que pueda ser objetada, y el mismo no se ha vencido
El pasado día 7 de este mes el Gobierno y el sector empresarial aprobaron incrementos para los salarios mínimos de RD$672.75, RD$759 y RD$1,104.
Con el aumento del 15 por ciento el sueldo mínimo de las empresas con existencias y disponibilidad mayor de RD$4 millones, que era de RD$7,360 pasó a RD$8,465; el de las de RD$2 a RD$4 millones, de RD$5,060 subió a RD$5,820, y el de las que alcanzan RD$2 millones, que era de RD$4,485, aumentó a RD$5,158
La resolución No. 1/2009 fue publicada el pasado 11 de julio y el día 25 cumplirá 15 días, fecha desde cuando deberá ser cumplida con obligatoriedad.
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