martes, 9 de octubre de 2012

EMPRESAS TELEFÓNICAS DEBERÁN RESARCIR EN 2 HORAS A SUS CLIENTES

 POR DISPOSICION DE INDOTEL.
SANTO DOMINGO.-El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) decidió obligar a las empresas telefónicas a resarcir a sus clientes,  en un plazo de dos horas o menos, por las interrupciones del servicio, sin importar que se trate de clientes pre-pago o post pago.

Para tal fin el Consejo Directivo del organo regulador aprobó la resolución 110-12, que modifica el Reglamento General de Servicio Telefónico.

El presidente de INDOTEL, Carlos Amarante Baret, explicó que “los usuarios tendrán derecho a la aplicación de un crédito por la avería, total o parcial, cuando ésta se produzca por causas que no sean imputables al usuario, salvo causa de fuerza mayor”.

Indicó que "la aplicación del crédito procederá en el caso de avería tipo 2, que se refiere a la interrupción o degradación del servicio, en un periodo de tiempo mayor de dos horas o por periodos de tiempos menores en reiteradas ocasiones durante el transcurso de 30 días calendario".


Amarante Baret señaló que se aplicará el crédito, independientemente de la duración de cada evento y aun cuando la suma de los periodos de las reiteraciones de averías no totalicen dos horas

No hay comentarios:

Publicar un comentario