SANTO DOMINGO.-El
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) decidió obligar a
las empresas telefónicas a resarcir a sus clientes, en un plazo de dos
horas o menos, por las interrupciones del servicio, sin importar que se trate de
clientes pre-pago o post pago.
Para tal fin el Consejo
Directivo del organo regulador aprobó la resolución 110-12, que modifica el
Reglamento General de Servicio Telefónico.
El presidente de
INDOTEL, Carlos Amarante Baret, explicó que “los usuarios tendrán derecho
a la aplicación de un crédito por la avería, total o parcial, cuando ésta se
produzca por causas que no sean imputables al usuario, salvo causa de fuerza
mayor”.
Indicó que "la
aplicación del crédito procederá en el caso de avería tipo 2, que se
refiere a la interrupción o degradación del servicio, en un periodo de tiempo
mayor de dos horas o por periodos de tiempos menores en reiteradas ocasiones
durante el transcurso de 30 días calendario".
Amarante Baret señaló
que se aplicará el crédito, independientemente de la duración de cada evento y
aun cuando la suma de los periodos de las reiteraciones de averías no totalicen
dos horas
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